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Back Archivo Legislación Fiscal Como proceder ante una inspección de hacienda

Como proceder ante una inspección de hacienda

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La Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT), ha anunciando el comienzo de un plan de inspecciones dentro de las medidas antifraude diseñadas por el Gobierno, vamos a dar una serie de pautas sobre cómo actuar en caso de tener una inspección de Hacienda.
  • ¿Qué es una inspección de Hacienda?

Lo primero que tenemos que recordar es que el procedimiento tributaria determina de manera muy clara cuales son las pautas que deben cumplirse y cuales son los derechos y obligaciones de los contribuyentes a la hora de enfrentarse a una inspección fiscal. Cualquier vulneración de esos derechos o cualquier acto que se haga fuera del procedimiento puede ser motivo de anulación de dicha inspección. Las inspecciones fiscales puede llevarse a cabo en las dependencias de la agencia Tributaria o en el domicilio del inspeccionado. Si Hacienda detecta algún incumplimiento por nuestra parte o de nuestra empresa en el pago de nuestras obligaciones fiscales (declaración trimestral, pagos de IVA, impagos, etc), les salta una alarma que avisa a algún inspector que algo no funciona bien, por lo que deciden realizar una inspección.
Sea como fuere, lo primero que debe hacer la Administración es comunicar al contribuyente el inicio de la inspección, su alcance y a qué impuesto y qué ejercicios corresponde.

  • ¿Cómo se suele proceder en una inspección de Hacienda?

Los habitual es que alguien de Hacienda se presente en nuestra empresa (o en el domicilio fiscal que tengamos declarado) y nos entregue un requerimiento para que nos presentemos donde nos indique y el día que nos indique con la documentación solicitada. Otra cuestión es la “inspección a domicilio”. Como ya indicamos, salvo que el inspector disponga de autorización judicial para acceder a las instalaciones del inspeccionado, la inspección en el domicilio del contribuyente ha de contar con la autorización del mismo y en el caso de empresas, esta autorización ha de darse por el representante legal de la misma, no vale que cualquier trabajador permita el acceso al inspector al interior de las instalaciones.

  • ¿Tengo obligación de dejar entrar y mostrar información al inspector?

Si el inspector no dispone de una autorización firmada por un juez, por norma general, éste no puede entrar en una casa o empresa, aunque eres libre de permitirle la entrada como muestra de colaboración aunque no disponga de esta orden. En caso de no permitir el acceso al inspector a las instalaciones, éste ha de limitarse a notificar el inicio de la inspección. A partir de ahí, el inspector puede citar al contribuyente en la Agencia Tributaria para continuar allí con el trámite de inspección o bien irse y solicitar una orden judicial para poder proceder a la inspección “in situ” sin autorización del inspeccionado.
En cualquier caso, la orden de inspección debe ser lo suficientemente detallada e indicar qué se va a inspeccionar y el alcance de la misma; por ejemplo, si se quieren inspeccionar los ordenadores y los archivos en papel, ambos deberán indicarse en la autorización.

"Lo mejor es tener todos los papeles al día y en regla y evitar todo lo posible llamar la atención de Hacienda"

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