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Back Asociaciones Consumidores Exención de responsabilidad en la tintoreria. ¡Sin confianzas!

Exención de responsabilidad en la tintoreria. ¡Sin confianzas!

Muchas veces pensamos que obrando con buena voluntad y con la creencia de que el cliente entiende lo que estamos diciéndole se es suficiente para que en caso de sufrir la prenda algún daño no nos vamos a ver envueltos en ninguna reclamación. La experiencia nos demuestra que esto no es así, las palabras se las lleva el viento, y nuestro cliente rara vez ha entendido lo que le estábamos explicando, ademas de que suele tener muy mala memoria en lo referente a las pruebas que puedan perjudicarle, eso si, se acordara de lo que les costo esa prenda hace 5 años. Apelaremos a la verdad, a que tengo razón y al "yo te dije y tu me dijiste", pero estos no son ni argumentos ni pruebas suficientes ante un procedimiento arbitral o judicial.
La verdad y la razón (si es lo que busca la justicia) necesita de pruebas, de testigos, de análisis e informes. Por todo ello no debemos de esperar demasiado de lo que manifieste nuestro cliente, y basar nuestra defensa en cuestiones como la amistad, la confianza o la sinceridad, ademas de ser temerario y por lo común inútil, solo nos va a provocar cabreo y desmoralización.
La justicia aplica leyes, y si sabemos utilizarlas de forma adecuada tendremos en un 90% de los casos ganadas las reclamaciones que se nos presenten. Un cliente puede ser de nuestra total confianza, incluso amigo, pero si no deseamos tener problemas lo mejor es todo claro y por escrito. Esa es la mejor exención de responsabilidad que la ley nos permite y dejemos esos otros valores para otro tipo de relaciones.

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