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guit
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- #495
por guit
Hola richardsb24.
Efectivamente el decreto en su articulo 18 afirma:
Artículo 18. Auditorías acústicas
1. De acuerdo con lo establecido en el artículo 37 de la Ley 7/2002 será responsabilidad de los titulares de actividades susceptibles de generar ruidos y vibraciones el llevar a cabo un control de las emisiones acústicas y de los niveles de recepción en el entorno, mediante la realización de auditorías acústicas, al inicio del ejercicio de la actividad o puesta en marcha y, al menos, cada cinco años o en un plazo inferior si así se estableciera en el procedimiento en que se evaluara el estudio acústico.
Puedes consultar todo el decreto en
Normatica de ruido en comunidad valenciana
Por lo demas, te voy a contar el siguiente pasaje:
Un ciudadano subio al tren y se dirigio al revisor para preguntarle si se podia fumar en le tren, a lo que el revisor contesto que no y que estaba perfectamente indicado con imagenes la prohibicion de fumar en el tren.
El ciudadano un poco confuso le pregunto que porque el suelo estaba lleno de colillas, a lo que el revisor le contesto que estas eran de todos aquellos que no le habian preguntado si se podia fumar.
Un saludo
Última Edición: por guit.
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richardsb24
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Autor del tema
- #492
por richardsb24
Archivo adjunto logo-laslavanderas.jpg no encontrado
Hace poco me llamo la empresa que al momento de abrir la tintoreria hizo la revision de ruidos ( pedido por la generalidad Valenciana para obtener el permiso de abertura). Ahora me llaman diciendome que tengo que hacer otra revision cada 5 años enviandome la normativa donde no aparece en ningun sitio ni lavanderia ni tintoreria
. Estoy delante la duda es un faroll y las empresas de detección de ruido envian esto porque no tienen trabajo y la revisión cuesta sobre 800€ o por arreglar nos las causas esta norma es real?
Quien sabe algo sobre esto
Un saludo
Richard
Archivo adjunto Decreto 266-2004.jpg no encontrado
Última Edición: por richardsb24.