La Responsabilidad Ampliada del Productor (RAP) traslada a los fabricantes el coste de la gestión de los residuos que generarán los productos que ponen en el mercado.
Es un concepto acuñado dentro de la política de la Unión Europea que se resume con el principio de “quien contamina paga”. El objetivo es garantizar que no se generen daños al medioambiente a través de una correcta gestión de los residuos, pero sin que el coste repercuta en la administración y en los ciudadanos que no consumen el producto.
Hasta ahora, en España era obligatorio únicamente para aparatos electrónicos y electrónicos, pilas y acumuladores, vehículos, envases, neumáticos y aceites minerales.
La Ley de residuos y suelos contaminados delimita el ámbito de esta responsabilidad, estableciendo las obligaciones a las que pueden quedar sometidos los productores, tanto en la fase de diseño y producción como durante la gestión de los residuos, bien de manera individual (a través de sistemas de depósito, devolución y retorno) o mediante sistemas colectivos (SCRAP).
Sistemas Colectivos de Responsabilidad Ampliada del Productor (SCRAP)
Los Sistemas Colectivos de Responsabilidad Ampliada del Productor son organismos gestionados por entidades sin ánimo de lucro y que permiten a las empresas cumplir sus obligaciones de RAP a través de ellos, colaborando de forma económica al funcionamiento del sistema.
Según el modelo SCRAP, todo productor que quiera poner un producto en el mercado debe afrontar el pago de una tasa de gestión (recogida y tratamiento) a la entidad responsable. Un ejemplo sería el modelo de ECOEMBES en los envases y embalajes. Si bien, esta tasa suele repercutir en el precio del producto y, por tanto, en el cliente.
Para facilitar la recogida de estos residuos la Entidad responsable o SCRAP realiza acuerdos o convenios con las comunidades autónomas para que sean los Ayuntamientos quienes realicen la recogida, a cambio de una retribución económica.
Responsabilidad Ampliada del Productor en el sector textil
La Directiva Europea ((EU) 2018/851) obliga a los Estados Miembros a empezar la recogida selectiva de residuos textiles antes del 1 de enero de 2025. A partir de esta fecha, además de realizarse una recogida separada, se establecerán unos objetivos específicos de reutilización y reciclaje textil. Esto supondrá un impacto para toda la cadena de valor pues será necesario que las empresas empiecen a diseñar y preparar sus productos para contener material reciclado y para permitir su reciclaje.
Estas medidas entrarán en vigor en España, a través de la nueva Ley de Residuos y Suelos Contaminados que se espera que este mes pueda ser aprobada por el Consejo de Ministros. En esta se establece un régimen de Responsabilidad Ampliada del Productor (individual o colectivo) para el sector textil. Además, quedará prohibida la destrucción de excedentes textiles no vendidos.
Francia es el único país de Europa que cuenta con un sistema de Responsabilidad Ampliada del Productor. Allí han optado por un sistema colectivo llamado Refashion (antes Eco TLC), entidad acreditada por el Gobierno desde 2007. Las marcas están obligadas por ley a pagar una contribución con la que la entidad paga a las plantas en función de las toneladas de ropa que clasifiquen. También se recompensa a aquellos municipios que comuniquen sobre la separación y recogida de ropa. Desde su implantación, Francia ha duplicado la proporción de textiles usados recogidos para su reutilización y reciclaje, lo que supone también evitar que hayan llegado a los vertederos.